Plazo solicitudes: hasta el 30 de junio de 2018.
Objeto: incentivar la adquisición en España de vehículos con energías alternativas a los combustibles convencionales.
Beneficiarios:
- Los profesionales autónomos.
- Las personas físicas mayores de edad residentes en España no incluidas en el apartado 1.
- Las empresas privadas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud.
- Otras entidades.
No podrán ser beneficiarios, los puntos de venta de vehículos ni los concesionarios cuyo epígrafe del IAE sea 615.1 o 654.1.
Vehículos incentivables: se destinarán a la adquisición directa o a la adquisición por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo) de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España, cuya fecha de factura de compraventa y fecha de matriculación, sea posterior a la fecha de solicitud de reserva en el presente programa.
En el marco de este programa, se establece un límite de adquisición de vehículos por parte de un mismo beneficiario de hasta un máximo de 35 vehículos para entidades públicas o privadas con personalidad jurídica, y de un vehículo para el caso de personas físicas y profesionales autónomos.