CERTAMEN NACIONAL DE JÓVENES EMPRENDEDORES PARA 2020

 

El próximo 16 de julio se celebrará la ceremonia de Estado de homenaje a las víctimas del coronavirus y a los servidores públicos que han luchado contra la pandemia. Hasta entonces, consideramos oportuno mantener el crespón en nuestras circulares.

 

Convocatoria del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores

 

Convocatoria

 

Tiene como finalidad apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes, con independencia del sector en el que se promuevan. Para ello, a los diez primeros seleccionados les será concedida una ayuda económica que les facilite la consolidación del proyecto de empresa(1) promovido
por cada uno de ellos.

 

Bases 


Las bases las podemos encontrar en la Orden SSI/1449/2015 (BOE 18-07-2015) así como en la corrección de la Orden SCB/809/2018 (BOE 30-07-18).
La convocatoria 2020 en la Resolución 12-06-2020 (BOE 18-06-2020) 
La presentación de candidaturas: será de 20 días hábiles desde el pasado día 19-06-2020. Finaliza el 16-07-2020.

 

Cuantía: A cada uno de los diez primeros seleccionados les será concedida una aportación en metálico de 20.000,00 euros. En los casos en que proceda se aplicará la retención del IRPF que corresponda.
La ayuda se concederá en régimen de pago anticipado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.4, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.


Beneficiarios: va dirigido a jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, personas físicas o jurídicas.


Cuando se trate de personas físicas éstas deben tener residencia legal y permiso de trabajo en España, y que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.


Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años. Asimismo, deberán presentar declaración responsable de que el capital social pertenece mayoritariamente (51 %) a jóvenes que no superen los 35 años.


El domicilio social y el ámbito de realización de la actividad principal del proyecto que se presente, deben estar, en todo caso, en territorio español.

 

Compatibilidad con otras ayudas:


Las ayudas reguladas en la Orden SSI/1449/2015, de 13 de julio, y recogidas en la convocatoria que citamos serán compatibles con la percepción de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión europea o de organismos internacionales.
Los adjudicatarios de otras ediciones del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores no podrán presentarse de nuevo a esta convocatoria.


Más información en www.injuve.es

 

(1) Se entenderá por empresa los trabajadores autónomos, las empresas familiares, las sociedades colectivas y las asociaciones que ejerzan regularmente una actividad económica, conforme a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, en todo caso promovidas por jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, que no superen la edad de 35 años.

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