MEDIDAS ADICIONALES EXCEPCIONALES COVID19 EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
Se ha observado últimamente un incremento notable de fiestas y reuniones privadas en domicilios particulares, que vienen a sustituir la actividad del ocio nocturno y que se sitúa en la misma franja horaria que venía desarrollándose la actividad restringida.
Medidas para frenar la Covid-19 en la Comunitat Valenciana
Con el objetivo de frenar el alto índice de contagios en la Comunitat Valenciana, es necesario adoptar medidas dirigidas a restringir la actividad social durante la noche y la limitación a seis personas para las reuniones de carácter social. Estas medidas son las medidas más idóneas. Por este motivo se han acordado con carácter transitorio en la Comunitat Valenciana, las siguientes medidas adicionales excepcionales:
Medidas relativas a la circulación de personas
Se prohíbe la circulación, deambulación y permanencia en vías y espacios de uso público de todas las personas entre las 00.00 horas y las 06.00 horas, con excepción de la realización de las siguientes actividades:
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, y posterior retorno al lugar de residencia habitual tras la jornada laboral.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios o adquisición de productos farmacéuticos.
- Asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, con diversidad funcional o especialmente vulnerables.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Para la realización de estas actividades excepcionadas se permitirá:
- La circulación de vehículos particulares, taxis y cualquier otro vehículo de servicio público que circule por las vías para traslado de las actividades excepcionadas o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
- La circulación de vehículos para el abastecimiento y suministro de actividades económicas, que, por su naturaleza, deban efectuarse en horario nocturno.
- Y la circulación del personal y vehículos encargados de la limpieza de la vía pública, y recogida de residuos urbanos.
- En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
Medidas en reuniones de carácter familiar y social
- La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter familiar y/o social, se limitará a un número máximo de 6 personas, tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
- Se mantienen las actividades y eventos con los aforos y medidas establecidas en anteriores disposiciones.
- Se recomienda que las actividades de interacción social se desarrollen siempre y prioritariamente en espacios abiertos y bien ventilados.
- Se recomienda cancelar o posponer cualquier actividad familiar o social que no sea considerada imprescindible y pueda ser aplazada.
- Se recomienda a la población que limite dentro de lo posible su actividad social.
Medidas relativas a jardines y zonas de esparcimiento al aire libre
Los jardines y zonas de esparcimiento al aire libre permanecerán abiertos solamente desde las 8:00 a las 22.00 horas.
Medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración
- El consumo será siempre sentado en mesa tanto en el interior como en las terrazas.
- En las mesas o agrupaciones de mesas, tanto en el interior como en terrazas, se restringirá la presencia a 6 personas como máximo.
- Las barras solo podrán ser usadas por las personas para pedir y recoger su consumición.
- El horario de cierre de los establecimientos será a las 00.00 horas, sin que puedan aceptar pedidos a partir de las 23.00 horas.
- El uso de la mascarilla será obligado en todo momento salvo en el momento de la consumición.
- Se realizará un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores.
Medidas relativas a la venta de alcohol
- Se prohíbe la venta de alcohol durante la franja horaria comprendida entre las 22.00 horas y las 08.00 horas del día siguiente, en todo tipo de establecimientos de venta al público independientemente de la licencia con que operen, excepto en los establecimientos de hostelería y restauración que se regirá por lo ya comentado.
- Se prohíbe el consumo absoluto de alcohol en la vía pública, las 24 horas del día excepto en los establecimientos de hostelería y restauración.
Medidas vigentes
En todo lo no previsto en esta circular, y en lo que sea compatible con ella, serán de aplicación, las medidas que no se modifican y que, con carácter general, se establecen en disposiciones aprobadas con anterioridad.
Modelo de certificado de empresa
Es aconsejable estar en disposición de un certificado de empresa con el fin de que pueda ser presentado ante la autoridad competente. Así mismo, no está de más acompañar a dicho certificado, otros documentos que le den soporte según los casos: fotocopia de nómina, de IAE, de declaración censal, etc.
Puede solicitarnos cualquiera de los siguientes modelos de formularios. Se los enviaremos encantados:
1.- Con un solo centro de trabajo
2.- Para trabajadores multicentro
3.- Para trabajadores de asistencia técnica
4.- Para trabajadores de reparto a domicilio
En Solgia Asesores de Empresa quedamos a su disposición en nuestros despachos de Dénia, Calpe y Alcoy.