NOVEDADES EN LA ESTIMACIÓN OBJETIVA DEL IRPF Y RÉGIMEN ESPECIAL SIMPLIFICADO DEL IVA
Recientemente se ha publicado la orden que desarrolla para 2023 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA (el denominado régimen de módulos). Pues bien, entre otras novedades:
- En el IRPF de 2022 y 2023 se podrá reducir el rendimiento neto de la actividad en un 15% y un 10%, respectivamente, por el simple hecho de estar acogido a dicho régimen (en lugar del 5% aplicable otros años). Si se desarrollan actividades agrícolas y ganaderas, podrá minorar de forma adicional el rendimiento neto previo de ambos años en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes.
- Por otro lado, si desea renunciar al régimen de módulos para 2023 o revocar una renuncia previa, se puede hacer hasta el 31 de diciembre de 2022 presentando una declaración censal.
- No obstante, también se puede renunciar al régimen de módulos de forma tácita presentando la declaración del IVA del primer trimestre de 2023 en régimen general (modelo 303) si fuera el caso, y el pago a cuenta del IRPF en estimación directa (modelo 130).
Por otro lado, el proyecto de Presupuestos Generales del Estado que está pendiente de ser publicado en el BOE prevé que, para poder aplicar el régimen de módulos en 2023, se mantengan los límites de ventas y compras existentes para 2022.
Volumen operaciones año anterior |
Límite |
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Ventas totales |
250.000,00 |
Ventas a empresarios |
125.000,00 |
Compras (no inmovilizados) |
250.000,00
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