NUEVO PLAN ANTICRISIS PARA 2023 DEL GOBIERNO
Resumen del paquete de medidas que componen el plan anticrisis del Gobierno para el próximo 2023.
Nuevo paquete de medidas contra la inflación, que entrarán en vigor el próximo año y entre las que destacan especialmente dos: un cheque de 200,00 euros para las familias vulnerables, y la rebaja del IVA a los alimentos básicos, el aceite y la pasta.
Requisitos para solicitar la ayuda de 200 euros
El cheque está dirigido a familias con rentas inferiores a 27.000,00 euros y cuyo patrimonio no exceda los 75.000,00 euros excluyendo la vivienda habitual.
El proceso será el siguiente. Las familias deben cumplimentar, a través de la Agencia Tributaria, la petición de los 200,00 euros. A continuación, se comprobará que los solicitantes, efectivamente, cumplen con los requisitos establecidos, y una vez que se complete la verificación las familias recibirán el ingreso en su cuenta.
El plazo de solicitud comenzará el próximo 15 de febrero y se cerrará el 31 de marzo.
Rebaja del IVA de los alimentos
En cuanto a la rebaja del IVA, la medida se divide en dos tramos. Los alimentos de primera necesidad pasarán de estar gravados con un 4% a no tener IVA. Será del 0%.
Aquí están el pan común, así como la masa de pan común congelada; las harinas panificables; las leches producidas por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo; los quesos y los huevos; las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales.
Asimismo, el Impuesto sobre el Valor Añadido que se aplica al aceite y la pasta se reducirá desde el 10% actual al 5%.
La rebaja se mantendrá hasta el 30 de junio o hasta que la inflación subyacente baje del 5,5%. El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será el 0,625 por ciento.
La reducción del tipo impositivo beneficiará íntegramente al consumidor, sin que, por tanto, el importe de la reducción pueda dedicarse total o parcialmente a incrementar el margen de beneficio empresarial con el consiguiente aumento de los precios en la cadena de producción, distribución o consumo de los productos, sin perjuicio de los compromisos adicionales que asuman y publiciten los sectores afectados, por responsabilidad social.
La efectividad de esta medida se verificará mediante un sistema de seguimiento de la evolución de los precios, independientemente de las actuaciones que corresponda realizar a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en el ámbito de sus competencias.
Importante
Según consultas a la AEAT sobre cuestiones de un alcance similar:
- Las operaciones se documentarán en factura, (normal o simplificada según el caso), como operaciones exentas para evitar la necesidad de adaptar los sistemas de facturación de las empresas. No sabemos exactamente qué quiere decir con ello. Lo que está claro es que estaremos ante dos escenarios:
- Operaciones que pasan a no tener IVA: se podrá poner “operación exenta” o “tipo impositivo: 0%”. En cuanto a la expresión “IVA incluido” puede darse por buena, (a nuestro juicio), si queda claro que el IVA es el 0%
- Operaciones que pasan a tributar por un tipo diferente: obviamente habrá que modificar el tipo impositivo aplicado.
- La aplicación de un tipo impositivo del cero por ciento no determina la limitación del derecho a la deducción del IVA soportado por el sujeto pasivo que realiza la operación
Descuento de 20 céntimos al combustible
Otra actuación muy relevante es que el Gobierno también restringirá el descuento de los 20 céntimos a los combustibles. Lo limitará para «agricultores, transportistas, navieras y barcos». Como se ve, quedan fuera otros colectivos que utilizan los vehículos para desarrollar su actividad económica.
Y también en este punto hay letra pequeña. La más importante, que «para los transportistas que usen gasóleo profesional se establece una ayuda de 20 céntimos durante tres meses y de 10 céntimos por un periodo adicional de tres meses que se gestionará como devolución mensual por parte de la Agencia Tributaria».
Bonificación del transporte público
El Gobierno bonificará también un 30% del transporte público urbano e interurbano, pero sólo en aquellas comunidades y ayuntamientos que bonifiquen, a su vez, el 20% del precio.
Límite al precio del alquiler
Se prorroga la limitación al 2% del incremento del precio de los alquileres para todo 2023, y se introduce además «una prórroga extraordinaria de las condiciones vigentes de los contratos de alquiler de hasta seis meses». «También se amplía hasta el 30 de junio la suspensión de los procedimientos de desahucio».
IVA de la electricidad
En la factura eléctrica se prorroga durante todo 2023 la reducción del IVA de la electricidad y del impuesto especial sobre la energía eléctrica, y en lo que respecta al gas, se aplicará un tipo de IVA del 5% en todos los componentes de la factura. «Esto se extenderá a las briquetas, pellets procedentes de la biomasa o la madera para leña empleadas como combustible en los sistemas de calefacción», explican en Hacienda.
Mascarillas quirúrgicas
Mantendrán durante el primer semestre de 2023 un IVA del 4% «por su obligatoriedad en el transporte público y otros ámbitos», mientras que pruebas diagnósticas y vacunas seguirán al 0%.
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